Apuntes Filatélicos
SELLOS
PARA FINANCIAR GUERRAS
Por José Ivars Ivars
Académico de la RAHFeHP
©Ifac Filatélico
Aunque el título puedo parecer exagerado, y realmente nunca se han
emitido – que yo sepa – sellos que sirvan expresamente para financiar guerras,
la historia del sello español, si nos dice que hubo un “Impuesto”, una tasa
creada con tal fin, y que entre los muchos productos que se sacaron, estaban
los sellos postales. Coloquialmente son conocidos como sellos de “Impuesto de
Guerra”, y aunque la mayoría no tuvieron nunca poder de franqueo por si solos,
su uso generalizado ha dado lugar a infinidad de correspondencia cuyo estudio
lleva al filatelista hacía la especialización.
Y como siempre diremos, los sellos y en definitiva la filatelia,
siempre será la ciencia auxiliar de la historia ya que tras cualquier emisión
cotidiana o extraordinaria, hay un acontecimiento histórico o incluso un
contexto histórico a tener en cuenta.
Para situarnos en un contexto que haga entender el uso de estos
sellos, cabe decir que España a partir de los años 70 del Siglo XIX, no parecía
levantar cabeza. La situación que se vivía por mantener la monarquía a la vez
que se protegía aquel ideal imperialista, preservando sus posesiones coloniales
hallen de los mares, hizo temblar la economía nacional. En 1868 la Reina Isabel
II abandona España – propio de los Borbones -, y se instaura la I República
años después, no sin sus correspondientes altibajos políticos. Algunos analistas,
filatélicos ó no, llegan a afirmar que en febrero de 1873 el déficit que tenía
España, inmersa en la 3ª Guerra Carlista y los desmanes de años anteriores, era
superior a los 428 millones de pesetas – de la época -. La conocida como
“Guerra de Cuba”, ocasionó al gobierno español, un gasto descomunal que tuvo a
la economía española en jaque. Es evidente que algo había que hacer al
respecto.
Y para paliar en parte estos desmanes y gastos excesivos en guerras
y conflictos, se crea el 2 de octubre de 1873 por Real Decreto del Ministerio
de Hacienda, el conocido como “Impuesto Transitorio de Guerra”, en el cual el
artículo 3º de dicha Ley, creaba el Impuesto del Timbre.
En lo que respecta a los sellos creados, la ley da como detalles que
se crean 2 sellos, con valores de 5 y 10 céntimos – de peseta -, que se
distinguirán del resto porque llevaran la inscripción “Impuesto de Guerra”, y
que será necesario vayan adheridos a cartas, documentos, títulos, etc., siempre
siguiendo unas indicaciones. Estos
sellos empezaron a utilizarse en España el 1º de enero de 1874, y era
obligatorio que las cartas que circulasen en territorio español, llevasen uno
de estos sellos, además del correspondiente para su tarifa. Según el Artículo
3º indicado se usarían en todas las cartas o pliegos “…que circulen en la Península e Islas Adyacentes, así como las que se
dirijan a las provincias españolas de Ultramar por medio de buques-correo
españoles…” – se exceptuaba el correo cursado en buques de otros países -.
Las cartas para el interior de poblaciones o ciudades, estaban
exentos de su uso, por las disposiciones de fecha 22 de noviembre y 15 de
diciembre de 1873.
En el caso de estas emisiones, especialmente la primera, únicamente
el sello de 5 céntimos de peseta, se crearía para el uso en el correo. El otro,
el que llevaba el valor 10 céntimos, iba destinado al resto de documentos que
precisaban de este impuesto de guerra, lo que se conoce como uso fiscal.
Este impuesto cuyo fin era, como hemos visto, recaudatorio por
razones de una mala economía o de un gasto elevado en las guerras en las que
España se vio inmersa, estuvo vigente durante muchos años. Para el filatelista,
a pesar de que como hemos visto tan solo el sello de 5 céntimos era el que
correspondía a la correspondencia, por regla general se suelen catalogar ambos
valores – e incluso otros surgidos años después -, sin distinción de si es
sello postal o sello fiscal. Y esto ha hecho que estas emisiones de Impuesto de
Guerra, sean una fuente inagotable para el coleccionista y el estudioso de
nuestra historia postal, al poder abarcar tanto la parte filatélica como la
fiscal, bien conjuntamente o por separado.
Fue un periodo determinado entre 1874 y 1899 el que las leyes
dictaban su uso obligatorio en cualquiera de los casos mencionados, y la parte
fiscal que además contó con legislación independiente y muchas marcas usadas
sobre diversos sellos fiscales, enriquecen mucho más esta tasa frente a la
parte postal que no es tan rica en variedades, pero no por ello menos
interesante. No en vano el coleccionista, ha estar atento siempre y cuando
encuentre una carta o tarjeta postal circulada en estos periodos de tiempo y
que lleven el correspondiente sello de “Impuesto de Guerra”, porque ha de
conocer bien si la tarifa usada fue la correcta en función del destino de la
misiva o si, como ocurría a veces, el sello de impuesto de guerra se usaba para
cubrir la tarifa, sin ser tasada la carta al pasar desapercibida por los
siempre atentes ojos del funcionario del ramo de correos.
Incluso el estudio del sello propiamente dicho, o de los sellos de
esta emisión, es decir la emisión en sí, diferencias en el color, dentados,
tipos de papel y demás características del sello tal y como se conoce, da lugar
a un amplia estudio en el que el filatelista puede entretenerse de lo lindo.
Es un muy amplio campo filatélico que en todo caso siempre lleva
implícito un contexto histórico que el filatelista no puede desconocer para
entender la emisión de estos peculiares sellos, que no han sido los únicos que
España ha puesto en circulación como “Tasa” o “a Beneficio de algo”, que por
citar algunos, tenemos las series Pro-tuberculosos, la emisión “Plan Sur de
Valencia, o incluso aquellas emisiones sobrecargadas a beneficio de la Expo de
Sevilla o la Olimpiada de Barcelona, ambas de 1992 – aunque emitidas en años
anteriores incluso -.
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