23 diciembre 2017

JORNADA FILATÉLICA CALP-BENISSA DOMINGO 7 ENERO 2018




JORNADA FILATÉLICA PARA INICIAR 2018
Organizada por las Sociedades Filatélicas de Calp y Benissa


Las Sociedades Filatélicas de Calp y Benissa, quieren dar inicio al año 2018 con una jornada conjunta en la que esperan congregar a numerosos filatelistas de la provincia de Alicante y con ello poder disfrutar de este hobby que tanto apasiona, así como planificar futuras actividades dentro del año.

El Programa de Actividades previsto para el domingo día 7 de enero es el siguiente, y está abierto a todo aquel coleccionista que desee sumarse a la jornada.



Una Carta....Un Comentario. LA POSTAL TASADA.



Una Carta….Un Comentario


UNA POSTAL TASADA POR FALTA DE FRANQUEO EN PLENA GUERRA CIVIL

José Ivars Ivars
A. F. de Calp


Tarjeta Postal circulada dentro de Alicante con fechador circular
07.04.1937. Sellos adicionales de Recargo Benéfico (Frente Popular)
Tasada por Insuficiencia en el Franqueo
Hace un tiempo ya, un viejo filatelista, no por edad sino por sabiduría, me dijo que cuando tuviera delante de mi una carta ó documento postal “Tasado”, seguramente su estudio profundo me iba a dar una serie de información que me sería muy interesante conocer. Y evidentemente que es así.

Desde entonces, cada pieza que puedo estudiar y que tiene al menos la característica de estar TASADA por falta de Franqueo, me roba un poco más de tiempo para tratar de conocer aquel momento concreto en el que el cartero, no solo la entregó en mano ó la dejó en su buzón, sino que tuvo que penalizarla por falta de un franqueo que estipulaba un Reglamento y que era igual para todos, fuese quien fuese el remitente ó el destinatario.

 

Reverso de uno de los Billetes Locales (1937)
usados en Alicante durante gran parte de la G. Civil

La de hoy es una Tarjeta postal de las que conocemos como ENTERO POSTAL, de la emisión de 1932, dentro del periodo de la II República, y en la que aparece la imagen de la “Matrona de Perfil”, alegoría que representa a la República y que vamos a poder ver en numerosos de los sellos y enteros postales que se pusieron en circulación durante este periodo de la historia de España (1931-1939). Este Entero Postal fue diseñado y grabado en la F.N.M.T., por D. José Luis Sánchez Toda e impreso en Tipografía, en cartulina crema y con unas dimensiones de 138x91 mm., salvo posibles variedades en esta emisión y llevan todas ellas una numeración compuesta por 6 cifras y letra de Serie en Mayúsculas. Su periodo de validez postal según datos publicados en el Catálogo EDIFIL ESPECIALIZADO de España, comprende las fechas de febrero de 1932 a mayo de 1938.


Zonas controladas por los sublevados (marrón) y por las fuerzas
gubernamentales (rosa) hacia el 25 de julio de 1936.

La T.P. que hoy observamos y estudiamos, esta circulada dentro de Alicante (Correo Interior) y la fecha que podemos ver en el fechador circular que se estampó en la misma, es la de 7 de abril de 1937. Por la fecha de circulación de la misma, y si tenemos en cuenta la validez postal del Entero Postal, vemos que está dentro de su normalidad, y más si la tarifa que se le aplicó a la postal fue de 15 cts. de peseta, tarifa que correspondía al envío de tarjetas postales, pero en la misma postal, el cartero alicantino estampo la T en Mayúsculas, marca que servía que indicar que la carta no llevaba el franqueo suficiente según la tarifa de la época.

La tarjeta además, como vemos lleva 2 sellos adicionales, de los llamados “Sellos Benéficos”, del Comité Popular Provincial de Defensea, con una tarifa no postal de 5 cts. de peseta cada uno. Y es entonces cuando surgen las preguntas que como curiosos filatelistas nos hacemos. ¿Por qué se Taso la tarjeta por insuficiencia en el franqueo? ¿Por qué 2 sellos de Recargo ó benéficos cuando la reglamentación solo habla de 1 y de carácter voluntario?.

Vamos pues a situar la carta en su contexto histórico y posiblemente algunas preguntas tendrán respuesta pero no todas.

El domingo 12 de abril de 1931, tienen lugar en España unas Elecciones Municipales, cuyo resultado dará pie a que días después, el 14 de abril de ese mismo año, se proclame en España la II República (1), forma de gobierno que estuvo vigente en España hasta que en julio de 1936, una parte de los militares del ejercito español, se sublevan y da inició una de las épocas más crueles y terribles de nuestra más reciente historia: La Guerra Civil Española, que enfrentará a 2 Españas divididas, y que marcará el destino de nuestro país y su gente durante las próximas décadas.



Bloque de 4 sellos sin dentar
Emisión Local a beneficio del
Comite Popular Provincial de Defensa
Cuando nuestra Tarjeta Postal se pone en circulación el 7 de abril de 1937, Alicante puede decirse que goza de cierta tranquilidad, si pensamos que en el resto de España se está llevando a cabo una muy dura contienda. La guerra que comenzó el 18 de julio de 1936, en tierras de Marruecos y Canarias, fue poco a poco adentrándose en España y cuando nuestro remitente envío la postal, sabemos que se habían realizado ya las más cruentas batallas y bombardeos de las principales ciudades republicanas (2). Alicante, aunque participó fiel a la República durante toda la contienda, hasta esa fecha que vemos reflejada en la postal, no tuvo intervención ni altercado directo de las tropas sublevadas sobre la ciudad (3).

Este contexto histórico nos puede hacer entender bien la razón por la que se tasó esta tarjeta postal, dado que la contienda civil no solo afectó ó modificó el día a día de las personas, sino que del Sistema Postal que estaba en vigor durante este periodo (1936-1939), también fue diferente según en qué zona te encontrabas. Y de ello las tarifas nos hablan muy claramente.



Situación a los dos meses de la rebelión militar.
Los nacionales consiguen unir las dos zonas bajo su control.


Hasta que el 18 de julio de 1936, la sublevación Militar partió España en 2 mitades, ó al menos hasta que esta sublevación iba adentrándose en España, la tarifa postal que había vigente en ese momento, era el establecido por Decreto del Ministerio de Comunicaciones de 24 de julio de 1931 (G. de M. de 29.07.1931), tarifa ratificada por la Ley del Timbre del 18 de abril de 1932 (G. de M. de 04.05.1932), según la cual la tarifa para una tarjeta postal circulada dentro de España, incluso en la misma ciudad ó localidad como es el caso este, era de 15 cts. de peseta.

Esta tarifa por la cual, esta postal estaría debidamente franqueada, estuvo en vigor incluso con la Guerra Civil iniciada, pero con la salvedad de que, hasta la fecha del 9 de noviembre de 1938, en aquellas poblaciones, capitales de provincia ó zonas las cuales estaban ya en la llamada Zona Nacional (Gobernadas por los Sublevados), la tarifa continuo siendo la misma, y en la Zona Republicana, la tarifa se cambió el 1 de abril de 1937, por Decreto del Ministerio de Hacienda del Gobierno Republicano, de 23.02.1937 (G. de R. de 24.02.1937), estableciéndose una nueva tarifa para el Correo dentro la Zona bajo gobierno republicano, de 25 cts., de peseta, para las tarjetas postales (4). Con esta información y viendo la fecha de circulación de la postal remitida, entendemos más ó menos el motivo por el cual se le “TASÓ”, por insuficiencia en el franqueo, dado que usuario ó remitente debía desconocer que tan solo unos días antes se había modificado ó establecido una nueva y vigente tarifa para los envíos, desde el Gobierno de la República. Aunque…igual si que conocía la nueva tarifa y lo intentó arreglar. Veamos cómo.

La postal para estar debidamente circulada debía llevar un franqueo total de 25 cts., según la tarifa en vigor, y si vemos la suma de los 3 sellos que lleva la postal, vemos que suman 0,25 ptas. (0,15 + 0,05 + 0,05). Y nos preguntamos entonces, dado que los sellos de recargo (5) no disponían de una reglamentación de uso obligatorio, sino más bien de uso voluntario para la correspondencia, ¿Puede que el remitente los adhiriera a la postal para llegar con ellos a la nueva tarifa que se había establecido unos días antes? El hecho de que por norma solo se ponía uno de esos sellos, y en esta postal veamos 2 que suman la diferencia que era necesaria para cubrir la tarifa, nos hace pensar que así fue, aunque evidentemente nada hay seguro al respecto.

Lo que si esta y muy claro es que fuese como fuese, el Cartero obró en consecuencia al ver que los 2 sellos del Comité Popular, no tenían poder de franqueo por lo que a la Tarjeta Postal le faltaba franqueo, y no valía el pensar que España vivía una época de escasez en todos los aspectos. La Normativa vigente estaba para cumplirse.

Y lo que también queda claro es que, aquel viejo filatelista que lo era por su inteligencia, estaba en lo cierto. Una Carta Tasada siempre nos dará una información adicional que es muy interesante conocer.




  1. La proclamación de la Segunda República Española consistió en la instauración el 14 de abril de 1931 del nuevo régimen político republicano que sucedió a la monarquía constitucional de Alfonso XIII de Borbón, que había quedado «deslegitimada» al haber permitido la dictadura de Primo de Rivera(1923-1930) y que había fracasado en su intento de vuelta a la «normalidad constitucional» con la dictablanda del general Berenguer (1930-1931).

  1. Toma de Bujaraloz / Batalla de Sigënza (Agosto 1936)
Bombardeo de Madrid (Octubre 1936)
Bombardeo de Guernica (Abril de 1937)
Bombardeo sobre Valencia (Enero 1937)
Bombardeo sobre Gandía (Febrero 1937)
Bombardeo de Jaén por la Legión Condor (1 de Abril de 1937)

  1. El considerado más atroz bombardeo sobre la población civil que tuvo lugar durante la Guerra Civil, tuvo lugar el 25 de mayo de 1938, sobre el Mercado Central de Alicante, en plena hora punta y en el que murieron 311 alicantinos y alicantinas.

  1. http://www.grufia.com/TARIFAS%20POSTALES/TARIFAS%201937.pdf

  1. Los sellos de Recargo locales, no disponían de una Reglamentación expresa para su uso ó puesta en circulación, si bien algunos autores, determinan que pudieron  estar regulados por el Decreto de la Presidencia del Gobierno de 23 de diciembre de 1936, por la que se crean los Consejos provinciales dentro del Gobierno Republicano, y cabe la posibilidad de que a través de estos surgieran estos recargos como recaudación para uso de diferentes aspectos benéficos durante la G. Civil.