16 abril 2018

EL USO VOLUNTARIO EN EL PRIMER SELLO DE ESPAÑA




El Correo y la Filatelia en el Siglo XIX.



EL PRIMER SELLO DE ESPAÑA Y SU USO VOLUNTARIO


José Ivars Ivars
Divulgador filatélico/A. Filatélica de Calp

Primer sello de España 1850
Diseño de D. Bartolomé Corominas
Con este artículo, iniciamos una serie de trabajos en los que vamos a tratar aspectos generales de lo que fue el Correo en el Siglo XIX, especialmente, en España, a la vez que abordaremos como fueron los inicios durante este siglo de nuestra común afición, la Filatelia.

Serán temas los que abordemos que posiblemente han sido ya tratados en numerosos artículos y libros de temática filatélica, muchos de ellos con la firma de grandes filatelistas y estudiosos que para nada vamos a querer suplir, más bien simplemente y a través de este Blog, dar a conocer como fue el que posiblemente sea la más apasionante época en el Correo y en consecuencia en la filatelia mundial: el Siglo XIX.

Para esta iniciativa, hemos querido empezar hablando de nuestro primer sello, por aquello del patriotismo, frente a otros primeros sellos de los que con toda seguridad también nos ocuparemos en esta sección, y en futuras publicaciones. Es habitual leer en numerosos manuales de filatelia, que con el nacimiento del primer sello, se terminó de alguna forma con el hecho de que en el envío de la correspondencia fuese el destinatario quien abonase el precio de ese servicio postal. No es que lo que esos manuales nos enseñan sea del todo incierto, más bien se trata de una afirmación “a medias”, en la que el autor trata de sintetizar el motivo por el cual, se inventa, ó se aplica el sello postal a la correspondencia, como pago previo al “porteo” de esas cartas.

Primer sello del mundo.
Inglaterra 1840. 1 Penny
Todos sabemos, y de ello hablaremos con más detalle en otros artículos en esta misma sección, que el sello postal tal y como se conoce aparece por primera vez en Inglaterra1 el 6 de mayo de 18402, y que en España fue 10 años después cuando, el 1 de enero de 1850, nuestro servicio postal decide implantar el sello como “pago previo” al envío de la correspondencia, aunque esta afirmación la tenemos que tomar con cierta cautela ya que, en realidad con el primer sello español, el pago en destino de las cartas no cambio del todo. Generalmente se dice textualmente que con el primer sello en España, se establece el “previo pago” de la correspondencia, recordando que hasta ese momento el pago lo realizaba el destinatario ó receptor de la misiva enviada. Pero en realidad no se establece la “obligatoriedad” de cursar la correspondencia previamente franqueada.

Legislación y Normativa ante el inicio de las emisiones de sellos en España.

Fermín Caballero y Morgan (1800-1876)
Grabado de la Ilustración Española y Americana
Tras la puesta en circulación del sello en Inglaterra, el considerado por norma general como primer sello del mundo, fueron muchos los países de la Europa de la época los que adoptaron este sistema de pre-pago de la correspondencia. Así tenemos que los cantones suizo de Zúrich y Ginebra lo adoptaron en 18433, Brasil igualmente en 1843, Basilea en 1847, y Baviera y Francia en 1849, por citar algunos. Fue en base a estos primeros sellos que ya empezaron a circular por la “Europa Culta”4, por el que cierto sector de la sociedad española e incluso algunos políticos de la época, trataron de que España siguiese el ejemplo. Así tenemos que en fecha 17 de Agosto de 1843, el Ministro Fermín Caballero, redacta lo que podría llamarse una “Orden Ministerial” para que se estudiase el establecimiento del franqueo previo en la correspondencia, estudio que no se llevo a cabo, entre otras cosas debido a la inestabilidad política que España vivía en aquellos años de “Regencias”5. La O. M. de Caballero, entre otras cosas decía que:

“…Deseando el gobierno provisional evitar los inconvenientes graves a que está sujeta la contabilidad del ramo de Correos…..ha venido en resolver que V.E., mirando como objeto preferente de su nuevo cargo el establecimiento del franqueo previo adoptado modernamente en algunos países de la culta Europa, proponga con la mayor brevedad posible el criterio más adecuado…”.

A pesar del minucioso informe que Fermín Caballero llegó a elaborar6, basado en detalles y la experiencia de aquellos países que empezaron a usar el sello de correos en su correspondencia, con propuestas de nuevas reformas para el Servicio Postal en España, el estudio no se tuvo en cuenta.

Sello emisión día del sello 1945
Silueta del Conde de San Luis
Tuvieron que pasar unos años, y tras la finalización de la 2ª Guerra Carlista7, con la Reina Isabel II todavía menor de edad8, en fecha 24 de octubre de 1843, se presenta el Real Decreto por el cual en España se establecía el uso de los sellos para el franqueo y certificado de la correspondencia. Este Real Decreto que presentó previamente el Ministro de la Gobernación, Sr. D. Luis José Sartorius y Tapia, Conde de San Luis (Sevilla 1820-Madrid1871), fue aceptado por S. M. la Reina Isabel II y establece que:

Art.1. “….para todos los efectos…las cartas se dividirán en dobles y sencillas, entendiéndose por sencillas aquellas que en su peso no exceda de los 6 adarmes9y dobles todas las demás…”
Art. 2. “…. Las cartas sencillas y dobles podrán dirigirse por Correo por 3 modos: Sin franquear ni certificar, franqueadas ò franqueadas y certificadas…”

Luis José Sartorius y Tapia (1820-1871)
Ministro con la Reina Isabel II que promovió
la implantación del sello postal en el Correo Español
Este Real Decreto que firma la Reina Isabel II y que tantas reformas aportarán al Servicio de Correos en España, ya deja claro en su artículo 2 que la obligatoriedad en el uso de los sellos como pago previo no existió, al menos en los primeros años. Pero si se establece una compensación importante para aquellos usuarios del Correo que decidan franquear la correspondencia que envían, y así en el Artículo 3 del citado R. D., dice que “…Las cartas no franqueadas ni certificadas continuaran cobrándose por la tarifa establecida en mi Real Decreto de fecha 12 de agosto de 1843….”10. Con el nuevo sistema lo que se intentó a criterio del Conde de San Luis fue el rebajar considerablemente el coste de la carta, y así por ejemplo el que usará el sello como medio de franquear la correspondencia, le costaría para dentro del territorio nacional 6 cuartos, frente a los 8 1/2 cuartos11 que valía según la tarifa de 12.08.1843. Para el resto de la correspondencia, tanto el Correo Certificado dentro de España, registros de embarque, y los Certificados dirigidos a Cuba, Puerto Rico, Filipinas, Bélgica y Francia12, el franqueo de las cartas, certificado incluido, fue obligatoria desde el 1 de enero de 1850.
 
Carta circulada de Alicante a Sevilla en fecha
05.05.1850, franqueada con el nº 1 de España
Matasellos tipo Araña y fechador Baeza
La segunda mitad del Siglo XIX, fue sin duda el periodo de tiempo en el cual el Correo experimentó un notable crecimiento, ayudado sin duda en las ciudades por un incremento poblacional que hizo que en el caso de Madrid, ya se planteasen el aumentar el número de buzones en el extrarradio ó la periferia del Madrid de aquellos años 1850-1860, especialmente con el fin de recoger la correspondencia que para el “Interior “ de la ciudad se cursará, evitando que el usuario tuviese que desplazarse hasta las oficinas centrales.
Sello para Correo interior.
Madrid 1853
 

Así pues, el Real Decreto de 3 de noviembre de 1852, dice en su Artículo 1 que “…se establecerán en los puntos extremos de Madrid los buzones que sean necesarios a fin de facilitar el Servicio de Correos…”. Este auge postal que vive la capital del “Reino”, dio lugar a que se estableciera por este mismo Real Decreto, la “obligatoriedad” de cursar las cartas dentro de Madrid13 franqueadas, para lo cual se dispuso que se “fabricasen” sellos especiales para tal fin14. Fue el 10 de abril cuando estos sellos para Correo Interior, se ponen en circulación, aunque en un principio de forma experimental15 16 con un sello de 3 cuartos, tarifa que con posterioridad y ya de forma más estable, se rebajó hasta 1 cuarto17.

 
Pliego circulado de Sangüesa a Marcilla con
Fechador Baeza 04.Mar.1853.
Periodo voluntario para el franqueo de
la correspondencia
Todo este ir y venir en el establecimiento de nuevas tarifas, la realización de sellos acordes a ellas, el estudiar y establecer que correspondencia llevaría ó no obligatoriamente sellos para poder ser cursadas, y una sociedad que cada vez iba teniendo más claro que franquear le resultaba beneficioso a la vez que beneficiaba a las arcas del reino18, dio como resultado que por Real Decreto de fecha 05 de febrero de 1856, se hiciera “obligatorio” para toda España y posesiones de Ultramar, el uso del sello como pago previo por el servicio postal establecido, decreto que entraría en vigor a partir del 1 de julio de 1856.
 
Sobre-envuelta enviada desde Almodóvar (C. Real)
circulada sin sellos (abonando el coste el destinatario)
en periodo voluntario de uno de sellos para el franqueo de
la correspondencia. Fechador Baeza 04.marzo.1852
Conclusiones.

Es más que evidente que siempre que se hable del Siglo XIX, lo vamos a encontrar como un siglo lleno de cambios sociales, políticos y culturales. La aparición del sello en Inglaterra en 1840, ó lo que de otra forma podemos llamar como la unificación de las tarifas y el abaratamiento de este servicio hizo llegar a la población la posibilidad de comunicarse con más agilidad y mayor facilidad entre sus familiares y amigos.

España que vivió un siglo XIX, con una muy prolífica situación social, cultural y política, a la vez que inestable, se sumó a los grandes países que en aquellos años iban tomando el sello como forma previa de pago en su correspondencia.

El filatelista que es personaje de buen ojo y buen entender, no ha de dejar nunca que las generalidades que se suelen escribir le sean suficientes, y tiene que entrar a estudiar lo más a fondo que se pueda, tanto el contexto social e histórico de aquello que le apasione, como las reglamentaciones que ante todo lo nuevo suelen ser cambiantes. Es por ello que el invento del sello ó su aplicación, no puede ser el resultado de una decisión puntual, sino de todo un complejo de decisiones, normativas y decretos, hasta llegar a establecerse como algo ya cotidiano y necesario.

Así pues, aunque el sello en España se pone en circulación el día 1 de enero de 1850, no fue hasta 6 años después cuando los españoles tuvieron la obligación de usarlo en todas las cartas. Es por ello que nos vamos a encontrar un sinfín de piezas que al estudiarlas, los Reglamentos nos vendrán que muy bien para entenderlas.
 
Carta circulada de San Sebastián a Vitoria.
Fechador tipo I salida 17.09.1856.
Matasellos Parrilla sobre sello emisión 1856
A partir de julio de 1856 se establece el uso obligado de
los sellos postales en la correspondencia



1 Un estudio más exhaustivo de este tema nos daría que aunque la historia ha dado a Inglaterra el derecho a ser la cuna del primer sello postal del mundo, en otros países y estado de la vieja Europa, se dieron pequeños intentos de usar otros medios de pago previo en la correspondencia del Siglo XIX.
2 Realmente fueron 2 los primeros sellos, puesto que el mismo día 6 de mayo de 1840, se pone en circulación en Inglaterra, tanto el valor de 1 penique (negro) como el de 2 peniques (azul).
3 Por aquel entonces la Europa existente no estaba formada como la conocemos actualmente, y existían varios territorios que políticamente eran independientes, como fue el caso de varios cantones suizos e incluso algunas regiones de la actual Alemania.
4 Así definió el Ministro Fermín Caballero y Morgay a la Europa que empezó a usar el sello como pago previo de la correspondencia, en su “Orden Ministerial” para que se estudiase el establecimiento en España del franqueo previo.
5 Tras el fallecimiento de Fernando VII el 29 de enero de 1833, al tener minoría de edad su hija y futura Reina de España Isabel II, la Regencia del país la asumió su esposa y madre, Dña. María Cristina de Borbon-Dos Sicilias. Tras esta, y envuelta España en la llamada 1ª Guerra Carlista en asumir el poder al trono de España tanto los seguidores de la futura Reina Isabel II, como los seguidores del cuñado del Rey Fernando VII, D. Juan M. Isidro de Borbón, la Regencia la asumió hasta la mayoría de edad de la Reina Isabel II, el General Espartero.
6 de Mora, Manuel. Filatelia. Ediciones Doncel 1966.
7 Esta 2ª Guerra Carlista, más que una guerra algunos historiadores la denominan como una “Revuelta Popular” de un sector de la población española, concentrada en núcleos como Cataluña, se llevo a cabo entre 1846 y 1849,
8 El 8 de noviembre de 1843, Isabel II fue declarada mayor de edad por las Cortes, a pesar de tener todavía 13 años. Dos días después, el 10 de noviembre de 1843, juró la Constitución ante las Cortes de España.
9 Adarme: Unidad de peso que equivale a 1.79 gramos.
10 La Tarifa mencionada establecía que las cartas sencillas pagarían 1 real de vellón, y las dobles que pasaban de hasta 8 adarmes inclusive, 10 cuartos y así sucesivamente
11Sempere, José María. El Sello Clásico Español. Monografías Filatélicas 21. Edición Subastas Europa. 2016.
12Sempere, José María. Ítem. 2016.
13 Artículo 5 del Real Decreto de 3 de noviembre de 1852.
14 Artículo 5 del Real Decreto de 3 de noviembre de 1852.
15 Sempere, José María. Ítem. 2016.
16 A consecuencia de este experimento de correo interior, a partir de fecha 01.11.1854, se estableció una tarifa especial para el correo interior del resto de poblaciones de España, con una tarifa de 2 cuartos para las cartas sencillas.
17 Real Orden de 08.10.1853, estableciendo en 1 cuarto la tarifa de cada carta sencilla para el interior de la Corte.
 18 La decisión de establecer la obligatoriedad del uso de los sellos en el Correo español, fue de debida al informe presentado ante la Reina Isabel II, por parte del Ministro D. Patricio de la Escosura (Oviedo 1807-Madrid 1878)

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