NORMAS DE USO DE LAS MÁQUINAS FRANQUEADORAS
JOSÉ IVARS IVARS
A. FILATÉLICA DE
CALP
Imagen 1. Frontal folleto de la
Dirección General de
Correos y Telecomunicaciones (1981)
sobre el uso del
Servicio de Franquear con Máquinas Franqueadoras |
¡Conocer para entender! Esa debería ser la premisa que
todo filatelista debería usar para el buen desarrollo de toda colección de
sellos, en cualquiera de sus modalidades, en especial en lo referente a normas
y normativas de uso de los muchos elementos postales que el Correo nos da para
uso y disfrute del coleccionista. Es evidente que cuando tenemos en nuestras
manos, una pieza que por las características que sean, bien la emisión del
sello, bien el matasellos, ó cualquier marca que aparezca en el documento, si
ello tuvo un contexto determinado ó bien una normativa determinada para el uso
de aquello que nos va a interesar poner en la colección, y desconocemos estos
detalles, será muy difícil entender completamente la pieza, y más difícil será
explicarla a quién posteriormente la va a contemplar.
Esto que de forma introductoria hemos redactado, bien
podría servir para conocer los Franqueos mecánicos (1) en su complejidad, sobre
todo cuando este material postal, muy interesante temáticamente como ya hemos
visto en anteriores artículos que a través de LA LUPA se ha hablado de ello, en
su día, cuando estuvieron en auge tanto en España como en el resto del mundo,
disfrutaron de un cierto sector filatélico que abogó por criticarlos y ello dio
lugar a que de estos franqueos (con su sello añadido) se hablase poco y mal.
Puede que esté pecando un poco de atrevido si afirmo que este “mal concepto”
que se tuvo de los Franquígrafos en España, no sucediese igualmente en otros
países que también los usaron, pero las hemerotecas y la bibliografía al
respecto es muy escasa, aunque muy interesante y fructífera (2).
De los franqueos mecánicos conocemos muy bien su origen (3),
y muchos otros aspectos que nos ayudan en su coleccionismo, pero y sí
conociéramos un poco mejor cómo funcionaban realmente y nos metemos en esa
relación comercial entre Correos y el empresario/anunciante (4), para desgranar el
funcionamiento de esas máquinas que tan bellas piezas han dejado para el uso
del coleccionista temático. De nuestra biblioteca extraemos un folleto (Imagen 1) llamativo por su color, que
nos viene a explicar cómo era ese funcionamiento (5). Realmente se trata
del folleto que Correos entregaba a las empresas y entidades que solicitaban el
uso de cualquier máquina de franquear, una especie de “Manual de
Funcionamiento” de las mismas, con unas normas que conociéndolas, nos hacen
entender muchos más estos peculiares franqueos tan buscados hoy en día entre
los temáticos.
Imagen
3. Modelo de Instancia
M.F.1.
para
solicitar el uso de
una
máquina de Franquear
|
De esta publicación y su contenido vamos a conocer un
poco más aquellos aspectos de estas máquinas que pueden a los temáticos servir
y con ello comprender el uso de este sistema de franqueo. Cabe decir antes de
proseguir, que esta publicación está fechada en el año 1981, y que desconocemos
si las mismas normas que aquí nos muestra el folleto, fueron usadas con
anterioridad a la publicación, ó si en año posteriores pudo haber algún tipo de
modificación a las mismas. Si entendemos que sí en España las primeras máquinas
empezaron a funcionar allá por el año 1932, y para ello se establecieron unas
normas de uso, con toda seguridad estas fueron modificándose con el paso del
tiempo.
De entrada estas normas, nos indican que podían solicitar
el uso de estas máquinas de franquear toda aquella persona ó empresa que así lo
solicitase, “….siempre y cuando
residan en poblaciones donde existiese
este servicio en la Oficina de Correos que se presentase la solicitud…”,
para lo cual se presentaría una instancia, MOD. M.F.1 (Imagen 3), en la que se hacía constar entre otras cosas, el texto
del anuncio solicitado y el importe de los vales ó carga que adquiere
inicialmente el solicitante.
Sobre el uso de estas máquinas, el solicitante adquiere
como es lógico, una serie de obligaciones que ha de respetar para evitar que se
les retire la autorización. Entre estas obligaciones estaba la de “…no franquear la correspondencia que no sea
de su propiedad…”, haciéndose hincapié en que aquellas empresas que con
Sucursales o filiales, que debían hacerlo constar en los membretes de los
sobres, así como en el caso de Hoteles y Pensiones, la correspondencia de los
huéspedes siempre que circulase con sobres o postales del propio
establecimiento. El usuario estaba igualmente obligado a facilitar la revisión
y control de la máquina, así como hacer un mal uso de la misma.
Imagen
5. Documento autorizando el
uso
de la máquina de Franquear Nº 8276
que
usó la Caja de Ahorros del
Sureste
de España en su
Oficina de Calpe (Alicante)
|
Existe un capitulo que resulta interesante para el
coleccionista, y que a veces pasa muy desapercibido, y es el que indica la
forma en la que se realizaba el pago de este servicio, el cual se hacía por
medio de unas TARJETAS-VALE (Imagen 6)
que se adquirían previamente y cuya cantidad era el valor total de franqueo que
tenía la máquina hasta que se realizase una nueva recarga. De entrada, el
usuario solicitante del uso de estas Franqueadoras, para poder obtener la
autorización, debía entregar una fianza, del 50% de las tarjetas-vale fuese a
solicitar, tras lo cual y una vez cumplimentados todos los trámites, recibía la
correspondiente “Autorización de uso” (Imagen
5). El uso de estas llamadas tarjetas-vale viene regulado desde la Orden
del Ministerio de Hacienda de fecha 07.09.1934 (Gaceta de Madrid del
15.09.1934), donde quedó como único procedimiento para cargar las máquinas de
franquear, si bien desde el inicio del uso de estos Franquígrafos (7)
la carga de las máquinas se efectuaban con pago en metálico.
Estos vales, no son muy usuales de encontrar, si bien en
algunas subastas filatélicas ó ventas online, se pueden encontrar no sin cierta
dificultad. Los valores de estos vales que según este Manual de 1981 se podían
adquirir eran de 1.000, 5.000, 10.000, 20.000, 30.000 y 50.000 Ptas., valores
que seguramente fueron distintos según de qué época hablemos, motivo para un
profundo estudio e investigación (8).
Imagen
6. Tarjetas-vale para el recargo
de
las máquinas de franquear.
Valores
de 10.000-20.000 y 50.000 Ptas.
|
Una de las normas que se destaca en este Manual para el
uso de Franqueadoras bajo el control de Correos, es la del número de
estampaciones que se podían realizar en un mismo envío, de lo cual ya hablamos
en su día aquí en LA LUPA (Mas info. Pinchar aquí),
indicándose que el máximo de estas improntas por envío será de 2 aunque si hubiera
motivos justificados, cabe la posibilidad de que se pudieran estampar más sobre
el mismo envío, detalle que el coleccionistas ávido de conseguir piezas de
calidad, ha de saber buscar.
El manual además, nos aclara que cabía la posibilidad de
modificar tanto la parte publicitaria de la impronta, como la dirección de
autorización de la máquina, dentro de la misma población, e incluso trasladar
estas a otras localidades, aclarando que “…siempre
que se autorice por parte de la Dirección General de Correos y
Telecomunicaciones…”, corriendo el solicitante con los gastos derivados del
cambio, que habitualmente eran cambios en la parte publicitaria, ó cambios
Estos cambios, los encontramos muy especialmente en algunos franqueos
mecánicos, en los que la misma máquina ó autorización, aparece con localidades
distintas, y dicha información era publicada en los Boletines Oficiales de
Correos (Ver imágenes 7, 8 y 9).
Una vez más observamos que estas piezas postales y
filatélicas, tan temáticas como la que más y con una diversidad tan grande en
cuanto a los temas que aporta y que fueron mal vistas durante demasiados años,
han de ser muy tenidas en cuenta y realizar de ellas el profundo estudio que
merecen. Seguiremos aportando todo aquellos que vayamos conociendo en torno a
los FRANQUEOS MECÁNICOS.
Imagen
9
Máquina
70 con cambio de ciudad
de residencia de la empresa |
1.
En el argot filatélico
también conocidos como Franquígrafos, y en inglés denominados Meter Stamps.
2.
A parte de algunos artículos
en prensa especializada en los que se habla de este tipo de franqueos,
únicamente una Revista abordó profundamente el estudio de los Franquígrafos.
Valencia Filatélica durante varios de sus números fue publicando un trabajo muy
bien explicado del estudioso español D. Francisco Aracil.
4.
Hablamos evidentemente de los
Franqueo Mecánicos españoles, desconociendo si el uso fue igual ó similar en
otros países, y bueno sería que los lectores que dispongan de más información,
la aporten para ampliar y mejorar estos artículos, incluyendo F.M. de cualquier
país del mismo.
5.
MANUAL PARA LOS USUARIOS DE
LAS MÁQUINAS DE FRANQUEAR. 1981. Dirección Gral. de Correos y Telecomunicaciones.
6.
Reglamento de uso. Orden Ministerial
15.11.1930 y posteriormente (O. M. de Hacienda de 27.11.1931. Gaceta de Madrid
2/12).
7.
Reglamento de uso de las máquinas de
franquear, O. M. de fecha 15.11.1930. Articulo 23.
8.
Las tarjetas-vales para la
recarga de las máquinas se solicitaban a través del Documento M.F. 19.
Bibliografía consultada:
- http://filatelia-tematica.blogspot.com.es/2014/12/aspectos-tematicos-de-los-franqueos.html
- http://www.correos.es/ss/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadervalue1=filename%3Dcondiciones_generales2.pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1365534496488&ssbinary=true
- https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1979-20937
- “Maquinas de Franquear”. Manual de Servicio. Dirección General de Correos y Telecomunicaciones. 1981. Impreso por MEPSA.
- Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales. Secc. 2 Art. 65
- franquigrafos de Sanangel
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