Una Carta….Un Comentario
UNA POSTAL TASADA POR FALTA DE FRANQUEO EN PLENA GUERRA
CIVIL
José Ivars Ivars
A. F. de Calp
Tarjeta Postal circulada dentro de
Alicante con fechador circular
07.04.1937. Sellos adicionales de
Recargo Benéfico (Frente Popular)
Tasada por Insuficiencia en el
Franqueo
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Hace un tiempo ya, un viejo filatelista, no por edad sino
por sabiduría, me dijo que cuando tuviera delante de mi una carta ó documento
postal “Tasado”, seguramente su estudio profundo me iba a dar una serie de
información que me sería muy interesante conocer. Y evidentemente que es así.
Desde entonces, cada pieza que puedo estudiar y que tiene
al menos la característica de estar TASADA por falta de Franqueo, me roba un
poco más de tiempo para tratar de conocer aquel momento concreto en el que el
cartero, no solo la entregó en mano ó la dejó en su buzón, sino que tuvo que
penalizarla por falta de un franqueo que estipulaba un Reglamento y que era
igual para todos, fuese quien fuese el remitente ó el destinatario.
La de hoy es una Tarjeta postal de las que conocemos como
ENTERO POSTAL, de la emisión de 1932, dentro del periodo de la II República, y
en la que aparece la imagen de la “Matrona de Perfil”, alegoría que representa
a la República y que vamos a poder ver en numerosos de los sellos y enteros
postales que se pusieron en circulación durante este periodo de la historia de
España (1931-1939). Este Entero Postal fue diseñado y grabado en la F.N.M.T.,
por D. José Luis Sánchez Toda e impreso en Tipografía, en cartulina crema y con
unas dimensiones de 138x91 mm., salvo posibles variedades en esta emisión y
llevan todas ellas una numeración compuesta por 6 cifras y letra de Serie en Mayúsculas.
Su periodo de validez postal según datos publicados en el Catálogo EDIFIL
ESPECIALIZADO de España, comprende las fechas de febrero de 1932 a mayo de
1938.
Zonas controladas por los sublevados
(marrón) y por las fuerzas
gubernamentales (rosa) hacia el 25
de julio de 1936.
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La T.P. que hoy observamos y estudiamos, esta circulada
dentro de Alicante (Correo Interior) y la fecha que podemos ver en el fechador
circular que se estampó en la misma, es la de 7 de abril de 1937. Por la fecha
de circulación de la misma, y si tenemos en cuenta la validez postal del Entero
Postal, vemos que está dentro de su normalidad, y más si la tarifa que se le
aplicó a la postal fue de 15 cts. de peseta, tarifa que correspondía al envío
de tarjetas postales, pero en la misma postal, el cartero alicantino estampo la
T en Mayúsculas, marca que servía que indicar que la carta no llevaba el
franqueo suficiente según la tarifa de la época.
La tarjeta además, como vemos lleva 2 sellos adicionales,
de los llamados “Sellos Benéficos”, del Comité Popular Provincial de Defensea,
con una tarifa no postal de 5 cts. de peseta cada uno. Y es entonces cuando
surgen las preguntas que como curiosos filatelistas nos hacemos. ¿Por qué se
Taso la tarjeta por insuficiencia en el franqueo? ¿Por qué 2 sellos de Recargo
ó benéficos cuando la reglamentación solo habla de 1 y de carácter voluntario?.
Vamos pues a situar la carta en su contexto histórico y
posiblemente algunas preguntas tendrán respuesta pero no todas.
El domingo 12 de abril de 1931, tienen lugar en España
unas Elecciones Municipales, cuyo resultado dará pie a que días después, el 14
de abril de ese mismo año, se proclame en España la II República (1), forma de gobierno que estuvo
vigente en España hasta que en julio de 1936, una parte de los militares del
ejercito español, se sublevan y da inició una de las épocas más crueles y
terribles de nuestra más reciente historia: La Guerra Civil Española, que
enfrentará a 2 Españas divididas, y que marcará el destino de nuestro país y su
gente durante las próximas décadas.
Bloque de 4 sellos sin dentar
Emisión Local a beneficio del
Comite Popular Provincial de Defensa |
Cuando nuestra Tarjeta Postal se pone en circulación el 7
de abril de 1937, Alicante puede decirse que goza de cierta tranquilidad, si
pensamos que en el resto de España se está llevando a cabo una muy dura
contienda. La guerra que comenzó el 18 de julio de 1936, en tierras de
Marruecos y Canarias, fue poco a poco adentrándose en España y cuando nuestro
remitente envío la postal, sabemos que se habían realizado ya las más cruentas
batallas y bombardeos de las principales ciudades republicanas (2). Alicante, aunque participó fiel a
la República durante toda la contienda, hasta esa fecha que vemos reflejada en
la postal, no tuvo intervención ni altercado directo de las tropas sublevadas
sobre la ciudad (3).
Este contexto histórico nos puede hacer entender bien la
razón por la que se tasó esta tarjeta postal, dado que la contienda civil no
solo afectó ó modificó el día a día de las personas, sino que del Sistema
Postal que estaba en vigor durante este periodo (1936-1939), también fue
diferente según en qué zona te encontrabas. Y de ello las tarifas nos hablan
muy claramente.
Situación a los dos meses de la
rebelión militar.
Los nacionales consiguen unir
las dos zonas bajo su control.
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Hasta que el 18 de julio de 1936, la sublevación Militar
partió España en 2 mitades, ó al menos hasta que esta sublevación iba adentrándose
en España, la tarifa postal que había vigente en ese momento, era el
establecido por Decreto del Ministerio de Comunicaciones de 24 de julio de 1931
(G. de M. de 29.07.1931), tarifa ratificada por la Ley del Timbre del 18 de
abril de 1932 (G. de M. de 04.05.1932), según la cual la tarifa para una
tarjeta postal circulada dentro de España, incluso en la misma ciudad ó
localidad como es el caso este, era de 15 cts. de peseta.
Esta tarifa por la cual, esta postal estaría debidamente
franqueada, estuvo en vigor incluso con la Guerra Civil iniciada, pero con la
salvedad de que, hasta la fecha del 9 de noviembre de 1938, en aquellas
poblaciones, capitales de provincia ó zonas las cuales estaban ya en la llamada
Zona Nacional (Gobernadas por los Sublevados), la tarifa continuo siendo la
misma, y en la Zona Republicana, la tarifa se cambió el 1 de abril de 1937, por
Decreto del Ministerio de Hacienda del Gobierno Republicano, de 23.02.1937 (G.
de R. de 24.02.1937), estableciéndose una nueva tarifa para el Correo dentro la
Zona bajo gobierno republicano, de 25 cts., de peseta, para las tarjetas
postales (4). Con esta información y
viendo la fecha de circulación de la postal remitida, entendemos más ó menos el
motivo por el cual se le “TASÓ”, por insuficiencia en el franqueo, dado que
usuario ó remitente debía desconocer que tan solo unos días antes se había
modificado ó establecido una nueva y vigente tarifa para los envíos, desde el
Gobierno de la República. Aunque…igual si que conocía la nueva tarifa y lo
intentó arreglar. Veamos cómo.
La postal para estar debidamente circulada debía llevar
un franqueo total de 25 cts., según la tarifa en vigor, y si vemos la suma de
los 3 sellos que lleva la postal, vemos que suman 0,25 ptas. (0,15 + 0,05 +
0,05). Y nos preguntamos entonces, dado que los sellos de recargo (5) no disponían de una reglamentación
de uso obligatorio, sino más bien de uso voluntario para la correspondencia,
¿Puede que el remitente los adhiriera a la postal para llegar con ellos a la
nueva tarifa que se había establecido unos días antes? El hecho de que por
norma solo se ponía uno de esos sellos, y en esta postal veamos 2 que suman la
diferencia que era necesaria para cubrir la tarifa, nos hace pensar que así
fue, aunque evidentemente nada hay seguro al respecto.
Lo que si esta y muy claro es que fuese como fuese, el
Cartero obró en consecuencia al ver que los 2 sellos del Comité Popular, no
tenían poder de franqueo por lo que a la Tarjeta Postal le faltaba franqueo, y
no valía el pensar que España vivía una época de escasez en todos los aspectos.
La Normativa vigente estaba para cumplirse.
Y lo que también queda claro es que, aquel viejo
filatelista que lo era por su inteligencia, estaba en lo cierto. Una Carta
Tasada siempre nos dará una información adicional que es muy interesante
conocer.
- La proclamación de la Segunda República Española consistió en la instauración el 14 de abril de 1931 del nuevo régimen político republicano que sucedió a la monarquía constitucional de Alfonso XIII de Borbón, que había quedado «deslegitimada» al haber permitido la dictadura de Primo de Rivera(1923-1930) y que había fracasado en su intento de vuelta a la «normalidad constitucional» con la dictablanda del general Berenguer (1930-1931).
- Toma de Bujaraloz / Batalla de Sigënza (Agosto 1936)
Bombardeo de Madrid (Octubre
1936)
Bombardeo de Guernica (Abril de
1937)
Bombardeo sobre Valencia (Enero
1937)
Bombardeo sobre Gandía (Febrero
1937)
Bombardeo de Jaén por la Legión
Condor (1 de Abril de 1937)
- El considerado más atroz bombardeo sobre la población civil que tuvo lugar durante la Guerra Civil, tuvo lugar el 25 de mayo de 1938, sobre el Mercado Central de Alicante, en plena hora punta y en el que murieron 311 alicantinos y alicantinas.
- Los sellos de Recargo locales, no disponían de una Reglamentación expresa para su uso ó puesta en circulación, si bien algunos autores, determinan que pudieron estar regulados por el Decreto de la Presidencia del Gobierno de 23 de diciembre de 1936, por la que se crean los Consejos provinciales dentro del Gobierno Republicano, y cabe la posibilidad de que a través de estos surgieran estos recargos como recaudación para uso de diferentes aspectos benéficos durante la G. Civil.
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