Una Carta….Un Comentario
“….Devuelta a su Procedencia….”
José Ivars Ivars
Divulgador filatélico/A. Filatélica de Calp
No nos cansamos de decir que el filatelista siempre
ha de ser observador y curioso ante aquello que pueda tener en sus manos, y que
visualmente le despierte interés por conocer. La que hoy nos ocupa, no es una
carta, sino más bien una de las miles de tarjetas postales comerciales que
circularon por el correo español durante la 2ª mitad del siglo pasado, postal
que a simple ya nos despierta el interés por conocer a que se deben tantas
anotaciones manuscritas, que bien podrían ser del remitente, bien del
destinatario, o igual fueron del bueno del cartero/a que con su buen hacer dejo
constancia de circunstancias que pasamos a estudiar.
La tarjeta postal circula dentro de Madrid, pues su
remitente es el “Centro Filatélico·” que tenía la razón social en la C/.
Barquillo 29 de la capital, y como destino figura la Calle Calvo Sotelo Nº 1, y
a pesar de que no si visualiza un nítido matasellos para indicarnos en qué
fecha se puso en circulación, si observamos las anotaciones manuscritas, nos
indican que la fecha de entrega iba a ser el 13 de octubre de 1950. Y decimos
iba a ser porque observamos que la postal tiene en su parte inferior la marca
“A SU PROCEDENCIA”, encerrada en un rectángulo, lo que nos hace pensar que
efectivamente no se entregó.
¿Pero cuál fue realmente el motivo de no entregarla
a su destinataria? Por tarifa insuficiente no creemos, puesto que de haber sido
eso, la norma indicaba que se debía haber tasado con el doble de la tarifa que
faltase, cantidad que hubiera abonado la destinataria, Señorita Nieves Irún.
Las inscripciones manuscritas son más aclaratorias. Una de ellas indica
textualmente: “No existe Nº 1 en Calvo Sotelo Ventas….”, seguido de un número
que entendemos que es el del Cartero (8840) y su firma (M. García) con la fecha
que antes aducíamos de 13.10.1950. Un segundo texto, esta vez en color negro,
que pensamos debe haber escrito quien en la oficina recibió la carta para su
devolución, acepta la indicación con un “Conforme”, y rubrica la misma
además de añadir su número de funcionario 841 y la misma fecha de intento de
entrega de la tarjeta postal.
Temáticamente, la marca de “A su Procedencia”, es
para tenerla en cuenta, pero la información manuscrita que ambos carteros nos
aportan, deben de ser igualmente tenidos en cuenta a la hora de explicar la
carta. Uno que no es de Madrid, ignora si realmente no existió el Nº 1 de la
Calle Calvo Sotelo (***), ó igual no estaba indicada en la puerta y el cartero no la
vio porque sorprende que una calle, su numeración impar no empiece con el 1,
pero ese detalle seguro algún amigo de Madrid nos lo aclarara. Nosotros solo
debemos de transcribir la información que, en este caso, la tarjeta postal nos
da.
Pero esta pieza aún nos aporta algo más de
información que a simple vista pasa desapercibida: La tarifa aplicada. De
entrada al ver la tarifa de 0,35 Ptas. (0,0021 €) descartamos que este fuese el
motivo de la devolución de la misma dado que la tarifa es correcta según la
tarifa que estaba en vigor en octubre de 1950 que se aplicaba desde el 1 de
enero de 1948 (Ley de 27.12.1947, B.O.E. del 30.12.1947 y Orden del Ministerio
de Hacienda de 01.03.1948), según la cual la tarjetas postales para el correo
interior debían ir franqueadas con 0,35 Ptas.
Los filatelistas, y si son temáticos con mayor razón
aún, han de tener muy presente siempre, tanto las normativas y reglamentos de
uso de las diferentes emisiones, así como las tarifas postales que se aplicaron
en cada momento, porque esa información es la que nos dará las explicaciones
que necesitemos en cada momento. Con esta pieza que hoy mostramos en esta
sección, y a pesar de que ya hemos visto que la tarifa es la correcta, nos
surge la pregunta de ¿Por qué se usó 3 sellos de la emisión Auxilio a las
Victimas de la Guerra, cuando este sello
se puso en circulación como Sobretasa Benéfica1 y sin poder de
franqueo? La respuesta en los Reglamentos y normativas.
Según el Decreto-ley por el que se crea esta
Sobretasa de 16.11.19452 (B.O.E. del
28.11.1945), el sello no va a tener poder de franqueo durante el periodo de
tiempo que esté en vigor la misma, que por el Decreto-ley de fecha 09.12.1949
(B.O.E. de 20.12.1949), la sobretasa dejaba de ser efectiva el 20 de diciembre
de 1949. Posteriormente Correos autoriza su uso con poder de franqueo a partir
del 30 del mismo mes de diciembre (O. M. Hacienda de 24.12.1949), y es aquí
donde encontramos la respuesta a porque se usaron 3 sellos benéficos para
complementar la tarifa necesaria.
Quedaría “descafeinado” y pobre de contenido, usar
una pieza como esta (ó similar) en una colección temática, y simplemente decir
que la tarifa es la correcta según normativa de la época, de ahí la importancia
de tener siempre a mano toda la documentación posible que nos den la
información que al filatelista temático se nos va a requerir.
*** El compañero de afición Evaristo Alfaro nos aclara un poco este asunto del nº 1 de la Calle Calvo Sotelo y nos dice textualmente: "En
el año 1950 existía la Avenida de Calvo Sotelo, lo que es hoy el Paseo
de Recoletos que no tiene número 1 ya que corresponde al antiguo
Ministerio del Ejército, hoy Cuartel General del Ejército, que tiene
su entrada por la calle Prim. No obstante,
la dirección debe hacer referencia a la calle de Calvo Sotelo existente
en aquella época en las Ventas del Espíritu Santo (por eso puso
subrayado Ventas), antiguo distrito del Congreso, barrio de la Plaza de
Toros. Al otro lado de la M-30 de hoy en día. Antiguanente en las afueras de Madrid.
En aquella época lindaba con el campo y la calle únicamente tenía números pares ya los impares debían corresponer a solares o al campo.
En el año 1953 aparece el número 21 como primer número impar"
1. La Sobretasa Auxilio a las Victimas de la Guerra, se crea como uso obligatorio de aplicación de 5 cts. (de peseta) para todo objeto que circule por correo nacional, y cuya recaudación se destinó para sufragar los gastos ocasionados por los niños que llegaron refugiados a España, de varios países de Europa tras el conflicto de la II Guerra Mundial.
En aquella época lindaba con el campo y la calle únicamente tenía números pares ya los impares debían corresponer a solares o al campo.
En el año 1953 aparece el número 21 como primer número impar"
1. La Sobretasa Auxilio a las Victimas de la Guerra, se crea como uso obligatorio de aplicación de 5 cts. (de peseta) para todo objeto que circule por correo nacional, y cuya recaudación se destinó para sufragar los gastos ocasionados por los niños que llegaron refugiados a España, de varios países de Europa tras el conflicto de la II Guerra Mundial.
2. A pesar de haberse creado en el año 1945, no se puso en uso hasta
el año 1949.
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