Una Carta….Un
comentario
¿MONTAJE Ó
REALIDAD?
Por José Ivars
Ivars
A. F. de Calp
Cuando uno se avecina a visualizar un documento de los
llamados postales, en los que destaca su composición hasta el punto de ser
llamativa a la visión del coleccionista, y en el que se le ve estampado su correspondiente
matasellos indicando su paso por la oficina de correos, habiendo realizado su
cometido de ser circulada por el correo, a pesar de todo esto, aún nos queda
siempre la duda de si realmente circuló. Pero la pregunta podría ir un poco más
allá, y como filatelista hacer la reflexión en voz alta de saber si en una
colección por el mero hecho de tener ante nosotros un sobre con unos pocos
sellos que luego vamos a describir y tener el comprobante de que se mataselló
en, supuestamente, una oficina de Correos, es admisible de usarse en una
colección de por ejemplo historia postal ¿?.
La carta de hoy que traemos a esta sección, podríamos de
entrada definirla como cuanto “curiosa”, y con total seguridad puesta a la
venta adquiriría cierto precio, aunque ya sabemos que por pedir que no sea. Se
trata pues de una carta circulada “interiormente” en Barcelona como así lo
atestigua el fechador circular de la ESTAFETA CIRCULAR Nº 8 de Barcelona, yendo
dirigida a la calle Cortes Catalanas de la Ciudad Condal. Hasta aquí todo
parece correcto.
Pero nos encontramos con una carta en la que se han usado
7 sellos de los llamados “LOCALES” que puso en circulación (no vamos a ser
ahora quienes dudemos de ello) el Comité Local de Denia, constituido tras
iniciarse la Guerra Civil en el año 1936. Es decir, sellos confeccionados para
usarse desde Denia, pero usados en una carta dirigida desde Barcelona. No deja
de ser sorprendente el asunto, y más cuando estos sellos (al menos algunos de
los de poblaciones de esta Comarca Alicantina) suele ser raro verlo circulados
en carta. Pero además al estudiar la tarifa que se le aplicó, ni los decimales
concuerdan.
La carta se pone en circulación en fecha del 10 de
septiembre de 1938, y según la tarifa en vigor para esa fecha, una carta para
interior de las poblaciones podía circular con 0,25 Ptas. (Tarifa fijada por
Decreto de Mº de Hacienda del 23.02.1937 Gobierno de la República), y en cambio
esta lleva de entrada un sello de 0,45 Ptas., sin olvidarnos de que estos
sellos de carácter local como el caso de DENIA, todos ellos de los llamados de
“Asistencia Social”, solamente tenían un fin benéfico recaudatorio y que por sí
solos no podían tener poder de franqueo, por lo tanto la tarifa no justifica el
uso de todos estos sellos de “Denia” en Barcelona.
Una cosa sí hizo bien el remitente. Poner el preceptivo
sello de Recargo de Barcelona, en vigor desde la publicación del Real Decreto
de fecha 25 de junio de 1929 a beneficio (sin poder de franqueo) de la Exposición
Internacional de Barcelona.
Por lo tanto uno no sabe si darle validez filatélica a
este documento, sobre todo porque sobre la emisión de estos sellos locales no
hay reglamentación alguna que los ampare, con lo cual no podemos afirmar que se
editasen con el único propósito de usarse localmente. Su fin como hemos dicho
era benéfico recaudatorio, y una vez adquiridos nada ni nadie podía impedir que
quien lo comprara pudiera hacer uso de ellos en la correspondencia, fuese bien
simplemente (como parece ser este caso) para hacerla llegar a alguien que fuese
filatelista, ó para enviársela a uno mismo (no tenemos el reverso del sobre
para corroborarlo). Indiscutiblemente el uso de esos sellos solo podía ser
dentro de “Territorio Amigo”.
Por lo tanto y una vez más, esto del correo tiene su
miga. No hay nunca que quedarse con lo que se ve, porque lo que no se ve a
veces nos da muchas respuestas, aunque otra veces no creará nuevas dudas.
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