11 febrero 2023

Apuntes Filatélicos: EL SR. ALCALDE Y LA CORRESPONDENCIA

 

Apuntes Filatélicos

EL PAPEL DE LOS ALCALDES EN LA ENTREGA DEL CORREO

Por José Ivars Ivars
Divulgador e Investigador Filatélico
©Ifac Filatélico

 

El correo, ese gran invento que ha hecho posible que la humanidad prosperase, ha sido en todo momento un tema de vital importancia en el devenir diario, fuese la época que fuese, para que cualquier ciudad, villa, pueblo, o la más alejada de las pedanías, pudiese prosperar. Qué funcionase correctamente, sin retrasos, sin alteraciones, y que sirviera a todos por igual, siempre fue cometido de alcaldes y ayuntamientos, especialmente en aquellas épocas en las que su control o designación de según qué funciones, les era permitido.

El tiempo y las pruebas nos determinaran, como ya hemos visto en ocasiones, que el papel del Sr. Alcalde a la hora de controlar la correspondencia recibida y enviada, ha sido a veces muy partidista, primando los intereses de uno frente a los intereses generales.

Desde tiempos inmemorables, el correo fue de uso exclusivo de reyes y monarcas. A partir del Siglo XIV, las grandes ciudades iniciaran una prestación que atendiese sus necesidades oficiales, con la creación de sus propios servicios postales, como sería el caso de la ciudad de Valencia, que por entonces ya contaba con su propio “Hoste de Correus”.

En la propia Edad Media “Los Jurados”, que vienen a ser cargos elegidos periódicamente por los vecinos u “hombres buenos”, los cuales representaran y defenderán los intereses de la ciudad o villa (casi similares al cargo de alcaldes de hoy en día), ya contaban con su propia organización postal. El historiador Abel Soler, nos cita que en 1337, en uno de los ataques que la población sufrió por parte de barcos venidos de zona enemiga (áfrica musulmana), uno de los cautivos que hicieron fue el missatge D. Miguel de Veya. El cargo de “missatge” o “pregoner”, era la persona designada por “El Jurat” y que iba de pueblo en pueblo repartiendo escritos o cartas de las autoridades locales, que normalmente eran citaciones judiciales o reclamaciones de deudas a forasteros, entre otras funciones propias del cargo.

Con la centralización del correo y su control por parte del estado (1707), con la llegada de los borbones a España, todo este amasijo de hostes y correos diversos, se unificaron, con el consabido cambio de reglas a la hora de gestionar el control y entrega de la correspondencia. Con  ello, esta gestión la iba a desarrollar el Correo Central a través de los diferentes Administradores Jefes, en la mayoría de los casos provinciales, pero con el Siglo XIX al alcalde de las diferentes poblaciones, se les otorgaría ciertas potestades en cuanto a tema postal se refiere.

Así encontramos, ya citados en las normas y publicadas en la prensa de la época que, a principios del Siglo XIX “…cuando hubiera salido el correo de la oficina (…) ninguna Autoridad ni particular puede detenerlo en ningún caso…” (Ordenanza para la conservación las carreteras. 14.09.1812).

Una R. O. de fecha mayo de 1836, viene a indicar que aunque el nombramiento de los conductores de la correspondencia era preceptivo de los Administradores Principales, los alcaldes podían sugerir que vecinos eran los más indicados para ejercer el cargo, y para ello debían remitir “…lista de 3 sugetos que merezcan su confianza…”. En este aspecto, tenemos muchos casos en la comarca en los que tanto los carteros, como los conductores de conducciones postales por el interior de la comarca, serían cargos elegidos o al menos, propuestos por los Ayuntamientos, en la figura de sus respectivos acaldes.

En el caso concreto de Calp y Teulada, en los que a mitad del Siglo XIX la conducción pasaría por la carretera que unía Alicante con Dénia, pero sin entrar en dichas poblaciones, una circular de la Dirección General de Correos (B. O. de Baleares 25.08.1858), recordaba a los Sres. Alcaldes que “…siempre que los conductores contratados no tengan tiempo para repartir la correspondencia en los pueblos de tránsito, o en el término, nombrará el Alcalde una persona de confianza que haga la entrega a los interesados…“. En este aspecto, y  hasta que Correos no determinó el inició de las diferentes carterías y estafetas que se fueron creando en las diversas poblaciones de esta comarca, el cargo de cartero, bien para recoger la correspondencia a su paso por el conductor, o bien para su reparto entre los receptores de correspondencia y prensa, sería designado por el Alcalde.

Este hecho dio pie a numerosas quejas, puesto que ser elegido por el máximo representante de una población, implicaba ser afín a sus ideologías políticas, y contrario a la gente que pensase diferente. Y como hemos visto en numerosas ocasiones, quién controlaba el correo, controlaba la población.

Otra de las funciones a las que estaba sujeto la máxima autoridad en cualquier población era la de tener sellos de franqueo, en caso de que en la población no existiese puntos de venta del Estado (estancos, expendeduría de sal, etc.). La Circular de Correos Nº 1253, Gaceta de Madrid de fecha 09.06.1956, deja claro que ante la inminente obligatoriedad de franquear toda la correspondencia que se curse, “…con objeto de facilitar al público la adquisición de los sellos de Correos para la correspondencia (…) se ha servido disponer que en todos aquellos pueblos o caseríos donde no haya expendeduría de tabaco, sal, ni absolutamente dependencia del Estado, se encarguen los respectivos alcaldes, y por su delegación los Secretarios del Ayuntamiento de los pueblos, ó los Alcaldes pedáneos en su caso, de la venta de los referidos sellos de franqueo…”.

Es evidente que el papel de los alcaldes en la evolución del correo fue de suma importancia. Un papel que merece un estudio con mayor profundidad.

 

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